
El Banco Central de Bolivia (BCB) ha actualizado la normativa que regula el uso de activos virtuales en el país. Esta actualización permite ahora utilizar canales y herramientas electrónicas para comprar y vender estos activos. La decisión se tomó en coordinación con las principales entidades financieras y de investigación del país para mejorar la seguridad y la transparencia de estas operaciones. Sin embargo, se enfatiza que el único dinero oficial en Bolivia sigue siendo el Boliviano, y que los riesgos de usar activos virtuales deben ser asumidos por los usuarios.
Overview
- Normativa Actualizada. El BCB implementó la Resolución de Directorio N°082/2024.
- Objetivo. Levantar las prohibiciones de uso y circulación de Activos Virtuales.
- Coordinación. Realizada con ASFI y UIF.
- Recomendaciones. Basada en las sugerencias del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT).
- Uso Permitido. Canales y herramientas electrónicas para transacciones de criptoactivos.
Contexto de la Nueva Normativa
El Banco Central de Bolivia (BCB), en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), ha implementado una actualización normativa significativa respecto al uso de activos virtuales en el país mediante la Resolución de Directorio N°082/2024.

Antecedentes Normativos
- Resolución de Directorio N°044/2014. En mayo de 2014, el BCB emitió la Resolución de Directorio N°044/2014, que prohibía el uso de monedas y denominaciones monetarias no reguladas en el ámbito del sistema de pagos nacionales.
- Resolución de Directorio N°144/2020. En diciembre de 2020, el BCB emitió la Resolución de Directorio N°144/2020, que prohibía a las entidades reguladas del sector financiero el uso de criptomonedas. Esta prohibición dificultaba el acceso del público en general a la compra y venta de criptoactivos, ya que las entidades financieras no podían administrar estos activos.
- Resolución de Directorio N°082/2024. El 25 de junio de 2024, el BCB derogó la Resolución de Directorio N°144/2020 y habilitó el uso de Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para operaciones de compra y venta de activos virtuales. Esta decisión se basó en las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) y en la necesidad de modernizar el sistema de pagos del país.
Normativa Accesoria
La implementación de esta nueva normativa principal vendrá acompañada de regulaciones accesorias para garantizar una correcta aplicación y protección del consumidor. Estas regulaciones accesorias deberían alinearse con los mejores estándares internacionales, tales como los establecidos por organizaciones como la Financial Action Task Force (FATF) y otros organismos reguladores globales.
- Reglamentación Detallada. Se espera que las futuras normativas accesorias incluyan regulaciones detalladas sobre la operación de las entidades financieras y plataformas de intercambio de criptoactivos, asegurando transparencia y protección para los usuarios. Estas regulaciones podrían incluir requisitos específicos sobre la autorización y funcionamiento de las plataformas de criptoactivos, así como la obligación de implementar medidas de seguridad robustas.
- Defensa del Consumidor. La normativa accesoria también contemplará la protección del consumidor, estableciendo medidas para evitar fraudes y prácticas engañosas. Esto incluirá mecanismos claros para la resolución de disputas, derechos de los consumidores y procedimientos de compensación en caso de problemas con las transacciones de criptoactivos.
- Seguridad de las Transacciones. Con el objetivo de garantizar la seguridad de las transacciones digitales, se adoptarán protocolos de seguridad y medidas preventivas para detectar y prevenir actividades ilícitas. Estos protocolos se alinearán con los estándares internacionales de lucha contra el lavado de dinero (AML) y financiamiento del terrorismo (CFT), asegurando que las transacciones sean seguras y confiables.
- Educación Financiera. Finalmente, la educación financiera será un pilar fundamental para asegurar un uso informado y responsable de los activos virtuales. Se desarrollarán programas educativos para que la población comprenda los riesgos y beneficios asociados a estos activos, promoviendo así una cultura financiera sólida.
- Educación Financiera. Finalmente, la educación financiera será un pilar fundamental para asegurar un uso informado y responsable de los activos virtuales. Se desarrollarán programas educativos para que la población comprenda los riesgos y beneficios asociados a estos activos, promoviendo así una cultura financiera sólida.
Transacciones con Activos Virtuales
Con la nueva normativa, se pueden realizar varias transacciones utilizando activos virtuales, tales como:
- Compra y Venta de Bienes y Servicios: Utilizar criptomonedas para adquirir productos en tiendas físicas o en línea.
- Transferencias Internacionales: Enviar y recibir dinero a nivel internacional de manera rápida y con menores costos.
- Inversiones: Invertir en diferentes tipos de criptoactivos, buscando diversificar y potencialmente aumentar el valor del portafolio de inversiones.
Conclusión
La actualización normativa sobre activos virtuales en Bolivia introduce un marco legal que permitirá a las empresas y usuarios explorar nuevas oportunidades en el mercado de criptoactivos.
En Legalty, estamos comprometidos a seguir de cerca estos desarrollos regulatorios y tecnológicos para ofrecer soluciones que cumplan con las normativas vigentes y aprovechen las innovaciones del sector.
Nuestra misión es proporcionar a nuestros clientes las herramientas y conocimientos necesarios para navegar con confianza en este nuevo entorno financiero digital.